Aquí recogemos información relevante sobre los requisitos y utilidad de adquirir la certificación para el ejercicio de actividades sanitarias. Esta información ha sido extraída de la página del Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Occidental, que incluye un enlace para preguntas frecuentes donde se aclara, entre otros, la diferencia entre “certificación sanitaria” y “certificación clínica”. Para los que estéis colegiad@s, el procedimiento de certificación sanitaria es gratuito. ¿Habéis llevado a cabo este procedimiento en algún momento? ¿Alguna recomendación?
“PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA (LEY 5/2011, DE ECONOMÍA SOCIAL)
La LEY 5/2011 de 29 de marzo, DE ECONOMÍA SOCIAL, establecía la habilitación transitoria para el ejercicio de actividad sanitaria de quienes, además de la licenciatura/grado en Psicología, acreditasen haber adquirido una formación específica a través de alguna de las siguientes vías:
a) Por haber superado los estudios de graduado/licenciado, siguiendo un itinerario curricular cualificado por su vinculación con el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos, o con la Psicología Clínica y de la Salud.
b) Por haber adquirido una formación complementaria de postgrado no inferior a 400 horas (o su equivalente en créditos europeos), de las que al menos 100, tendrán carácter práctico, vinculada a las áreas mencionadas en la anterior letra a).
Posteriormente, la LEY 33/2011, de 4 de octubre, GENERAL DE SALUD PÚBLICA creaba la profesión sanitaria titulada y regulada de Psicólogo/a General Sanitario/a y ampliaba el período de vigencia de la citada habilitación transitoria hasta octubre de 2014. Debido a ello, a comienzos de 2012, nuestro Colegio entendió que debía poner en marcha un mecanismo de certificación profesional, dirigido a responder a las necesidades de los psicólogos y psicólogas que estuvieran en proceso para la inscripción o renovación de consultas o gabinetes de psicología en el Registro Andaluz de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios”.
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